25 de diciembre de 2006

Malo, Gualeguaychú

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Colón decidió levantar el corte para Navidad. ¿Buena noticia? Sí, fundamentalmente para Clarín, que la usa para pegarle a Gualeguaychú.
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Dice en la bajada: "La decisión va en contra de lo resuelto por los vecinos de Gualeguaychú".
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Okey, Colón decide en contra de Gualeguaychú.
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Luego, en el copete de la crónica: "Colón dará así a uruguayos y argentinos la posibilidad que Gualeguaychú no otorgó" (el subrayado es de Clarín).
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Párrafo aparte para la foto y el epígrafe: "Corte sin gente". Está claro, nos dice Clarín: eso no es una pueblada.
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27 comentarios:

pablich dijo...

Gracias por tu información. Un fuerte abrazo.

Anónimo dijo...

Agregaría algunos comentario históricos.

Nunca hubo un "no a la papelera" ni a las papeleras argentinas, (salvo Greenpeace en 1998 contra Celulosa Argentina) ni a los proyectos de Busti para hacer papeleras en Gualeguaychú, Concepción del Uruguay y Concordia, ni para los monocultivos de eucaliptos y álamos que desde Entre Ríos alimentan las pasteras de Papel Prensa en San Pedro y Celulosa Argentina en Rosario.

Tampoco es correcto que Galeano haya estado en 1990 en contra de las papeleras, ni siquiera en ese momento había en Uruguay ninguna ONG ni contra las papeleras ni contra la forestación.

La primera campaña formal contra la forestación es de 1998 y la primera declaración de Galeano -que nunca pasó de eso- es de 2002.

En cuanto a Transpapel, no la echaron las ONG, la Dinama le rechazó el estudio de impacto ambiental y los tipos se borraron. Dicho sea de paso, Transpapel era una papelera que iba a trabajar con papel reciclado importado, porque en esa época no había plantaciones prontas.

La marcha del 2003 fue una marcha armada por los políticos, y se hizo dos semanas antes de las elecciones argentinas.

Según la Prefectura uruguaya en la marcha al puente de 2005, hubieron 6.000 personas desde el lado argentino y 200 desde el lado uruguayo, de los cuales apenas 30 eran de Fray Bentos.

Y lo que queda por verse es si el "no a las papeleras" va a incluir la pastera de Ence que se va a ubicar a 47 km de plaza de mayo y que tiene la bendición K.

pablich dijo...

Pedro, pensé que la idea era fomentar el diálogo responsable. ¿Qué diálogo podemos iniciar si como condición debo desacreditar la lucha del pueblo de Gualeguaychú por unos supuestos proyectos papeleros de Busti? ¿Por qué debería creer en el número de manifestantes del "abrazo del puente" que me dé la prefectura uruguaya? ¿Podemos charlar amigablemente si antes me llamás hipócrita y mentiroso? ¿Sugerís que la nueva localización de Ence no va a formar parte del "No a la papeleras" porque a Gualeguaychú no le importa? ¿Y que el "Abrazo en el puente" fue un invento de políticos? No es un buen comienzo.

pablich dijo...

Ah, y a todo eso le llamás "comentarios históricos".

Anónimo dijo...

Yo no hablo de los proyectos papeleros de Busti.

Hablo del hecho concreto y verificable que ante esas propuestas de Busti no hubo nadie en Gualeguaychú ni en toda la provincia que se le opusiera.

De existir una desacreditación, en todo caso a la asamblea de Gualeguaychú no es el suscripto, son los hechos.

También es un hecho, que la manifestación del 2003, fue hecha por los políticos. Revisá las colecciones de El Día ó de El Argentino, o consultá a gente de Gualeguaychú y lo podrás comprobar fácilmente. Ese es un hecho.

Respecto a Ence ni sugiero ni dejo de sugerir nada. Los hechos son que a dos semanas del anuncio, la asamblea de Gualeguaychú no ha dicho nada, imagino que consistente con su planteo de que las plantas tienen que estar fuera de la cuenca del río Uruguay.

Y me parece que la inconsistencia de la postura del gobierno K, no resiste el menor análisis.

Respecto a lo que algunos llaman "el abrazo del puente", no tengo tampoco yo porqué aceptar siquiera esa denominación, ni las cantidades de asistentes que manejan que aumentan con el paso del tiempo, ni que por cierto que de abrazo no tuvo nada aporque la presencia uruguaya fue insignificante.

Yo no me voy a ofender con tus posiciones ni con tus argumentos, pero me parece que tenés dificultades de dialogar con el que piensa distinto.

Dialogar con el que piensa lo mismo es mucho más fácil, aunque no sirva para nada.

pablich dijo...

Pedro, no acuséis. Voy a contestar sólo a una de tus argumentaciones falaces y lo haré con tu estilo. Así te demostraré a qué conduce este "diálogo". (Lo que no servirá de nada.)

Decís que Gualeguaychú no se opuso en su momento a los proyectos papeleros de Busti. Bueno, te contesto: "Precisamente, Pedro, Busti no lo llevó a cabo porque sabía que encontraría una férrea oposición. Ya ves, no se equivocó".

Y entonces vos me contestarás y yo encontraré nuevamente la forma de ridiculizar tus argumentos, tal como vos hacés con los míos.

Una pérdida de tiempo. Mejor no dialoguemos. Callémonos.

Anónimo dijo...

Sencillamente esa "férrea oposición" sólo existió en tu imginación, y vos lo sabés bien, así que tu acusación de falaz la paso por alto.

Que pena que te ofusqués por hechos.

pablich dijo...

Por supuesto que es una falacia, Pedro. Yo te había adelantado que era una falacia. Quería demostrarte adónde conducía la "contestación" de argumentos, que es tu estilo. No me interesa ganar la discusión. Y no me ofusco, todo lo contrario. Estoy esperando que cambies de actitud y podamos dialogar.

Anónimo dijo...

Bien, veamos si nos podemos poner de acuerdo en algunos presupuestos básicos, y me permito hacerlo en forma metafórica para luego trasladarlo a nuestro caso:

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1) Toda persona tiene derecho a desarrollar dentro de su hogar actividades lícitas que no afecten a terceros.

2) En caso de existir discrepancias con vecinos por eventuales afectaciones a estos por actividades desarrolladas en el hogar, se desarrollarán conversaciones amistosas para intentar resolver las diferencias.

3) Si esas conversaciones no resuelven el diferendo, las partes se remitirán a la decisión de un organismo jurídico competente, cuya decisiones son obligatorias e impiden que la parte cuya posición no haya sido favorecida por el fallo intente alterar la decisión judicial por acciones directas y fuera de la ley.

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Escucho tus comentarios.

pablich dijo...

La Argentina recurrió a La Haya porque Uruguay jamás brindó la información suficiente que permitiera despejar las dudas de Gualeguaychú. De modo que no pudo cumplirse la segunda etapa de "conversaciones amistosas" intervecinales.

Existiendo duda de que la actividad de un vecino pudiera afectar los derechos de otro, es el primero el que debe despejarla.

No me pidas que crea en los estudios de impacto ambiental de la empresa ni del Banco Mundial. Por favor, seamos honestos.

Uruguay debió haber accedido a la propuesta argentina de un estudio conjunto de impacto ambiental.

Anónimo dijo...

Uruguay entiende que dio toda la información suficiente para que expertos en el tema pudieran hacer una evaluación de acuerdo a los estándares internacionales.

Incluso argentina podría haber expuesto los estudios ambientales aplicados a empresas argentinas en ríos compartidos, para tener una referencia. En el derecho internacional el principio de reciprocidad dice claramente que un país no le puede exigir a otro lo que no le exige en su derecho interno.

Creo que es evidente que al gobierno de Argentina su situación política interna no le permitía consensuar una solución técnica. La decisión de Argentina no fue técnica, fue política.

El GTAN lo que demostró fue que el gobierno de Argentina no estaba dispuesta a aceptar ningún veredicto técnico que implicara aceptar la viabilidad ambiental de las fábricas de celulosa.

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En esos términos, lo que es bueno reconocer es el desacuerdo, lo cual es una posibilidad en un encare civilizado.

Si algo demostró el GTAN, es que al menos hasta el momento, una comisión binacional se demostró inviable para llegar a un acuerdo.

"ARTICULO 60 Toda controversia acerca de la interpretación o aplicación del Tratado y del Estatuto que no pudiere solucionarse por negociaciones directas, podrá ser sometida, por cualquiera de las Partes, a la Corte Internacional de Justicia. En los casos a que se refieren los artículos 58 y 59, cualquiera de las Partes podrá someter toda controversia sobre la interpretación o aplicación del Tratado y del Estatuto a la Corte Internacional de Justicia, cuando dicha controversia no hubiere podido solucionarse dentro de los ciento ochenta días siguientes a la notificación aludida en el artículo 59."

Si tenemos este instrumento acordado por los dos países, corresponde aplicarlo, y de hecho es lo que se está haciendo, ¿cuál es el problema?

¿Qué razón tienen las medidas de fuerza cuando está actuando la justicia supranacional?

Como todo juez, tratándose de un problema técnico, el impacto ambiental de una fábrica, la corte citará a peritos independientes y tomará una decisión respecto a la discrepancia entre los dos países respecto al impacto ambiental de las plantas de celulosa.

Bastaría con que ambos países declararan solemnemente el acatamiento a las resoluciones de la CIJ de La Haya cualquiera sea su resultado, para dar por concluído el conflicto.

Anónimo dijo...

Más allá que creo que Uruguay brindó información más que suficiente, infinitamente más que la información que Uruguay tiene sobre las fábricas de Gualeguaychú o del resto de la costa argentina del río Uruguay, han pasado hechos que me parece que Uruguay y Argentina deberían reconsiderar una nueva binacional, reconociendo el fracaso de la anterior:

1) Los estudios del Banco Mundial, no digo para que Argentina los acepte, sino como un nuevo insumo.
2) El hecho que Ence se traslada, con lo cual ya no existe el impacto acumulado.
3) Que el gobierno argentino acepte que en determinadas condiciones como Ence en Colonia se puede instalar una planta pastera.
4) Las propuestas atribuidas al presidente Kirchner de instalar un acueducto y una barrera paisajística.

Creo que para evitar los problemas de la anterior, la binacional debería integrarse con expertos de terceros países, para que ayuden a lograr consensos entre las partes, y para que salden las conclusiones en caso de haber diferencias.

Esos expertos, que a mi juicio deberían ser de Brasil y Chile, por ser países que tienen plantas de celulosa inauguradas recientemente y de gran tamaño, y que además son países con los que estamos en el Mercosur , aunque Chile como asociado.

Esos expertos no deberían ni estar vinculados a la industria ni a los movimientos ambientalistas. Pienso que deberían venir de Universidades con institutos de investigación en el tema, de los ministerios de ambiente de esos países, y/o de consultoras independientes.

Eventualmente se podría recurrir a técnicos de otros países, pero que no estén vinculados al tema como Finlandia o España. Por ejemplo de países productores de celulosa como Estados Unidos, Canadá, Japón, Suecia, Alemania, Portugal, Francia, Nueva Zelandia para citar algunos ejemplos.

Ahora bien, una binacional con cortes de ruta al mismo tiempo no parece tener mucho sentido.

Y si eso no funciona, bueno, estaríamos en el punto 3 y quien tiene que definir es La Haya y ahí no hay más remedio que acatar para los dos países.

pablich dijo...

Bruno, no existe ese "principio de reciprocidad" al que hacés referencia, según el cual "un país no le puede exigir a otro lo que no le exige en su derecho interno". Se me ocurre un ejemplo violento, lo siento: si tengo un padrastro hijo de putas que me viola en mi casa, ¿debería aceptar también que me violen todos los vecinos? Es ridículo.

Vos decís que Uruguay entiende que dio la información suficiente. Me parece interesante la forma de tu planteo: Uruguay entiende. Eso permite al otro sostener lo contrario.

pablich dijo...

Pedro, creo que sería interesante que se hiciera ese estudio de impacto ambiental. Eso sí, tendríamos que resolver de antemano qué ocurriría si se concluyera que Botnia será contaminante.

Te recuerdo el primer artículo de la normativa de convivencia que planteaste: "Toda persona tiene derecho a desarrollar dentro de su hogar actividades lícitas que no afecten a terceros".

Anónimo dijo...

Me meto en el tema y creo que lo de la reciprocidad no es un tema menor. Uruguay y Argentina forman parte de un proceso de integración. Si Argentina genera asimetrías en su política ambiental, o sea estableciendo un estándar muy bajo o nulo para las industrias ubicadas dentro del país, incluso sobre ríos binacionales como las tres pasteras misioneras que están frente a Paraguay y han sido denunciadas por ese país, y uno mucho más alto para las industrias extranjeras, es obvio que genera condiciones desiguales de competencia, inadmisibles en un proceso de integración. De paso, la figura del padrastro violador como forma de representar la política ambiental argentina me parece un poco exagerado. Y por cierto la reciprocidad debería darse no por la baja de las exigencias a quienes están en el exterior, sino por el aumento de las exigencias internas, proceso que motivado por este conflicto, parece moverse con cierta lentitud.

Si comparto lo de utilizar el vocablo “entiende”. Argentina entiende que la información fue insuficiente, y Uruguay que fue suficiente. Argentina entiende que los impactos ambientales de la planta de Botnia en Fray Bentos es inadmisible y Uruguay (y la CFI) que los ecosistemas del lado argentino ni del lado uruguayo serán afectados.

La diferencia se resuelve negociando o en la justicia.

Cuando decís “Eso sí, tendríamos que resolver de antemano qué ocurriría si se concluyera que Botnia será contaminante.”, trataría primero de ser más preciso: “Qué ocurriría si los impactos de Botnia exceden los admisibles por la normativa más exigente para instalaciones similares operando en el mundo”

En ese caso, se deberá revisar que parámetros son excedidos y actuar en consecuencia con cambios operativos o tecnológicos, y si no hay alternativa de este tipo el proyecto no podrá operar.

De la misma manera, si se concluye que los impactos de Botnia se encuentran dentro de los admisibles por la normativa más exigente para instalaciones similares operando en el mundo, desde Argentina se acatará la decisión, debiendo hacerse responsable el gobierno argentino por eventuales acciones de sus ciudadanos que afecten a Uruguay en cualquier forma.

Respecto a la frase, "Toda persona tiene derecho a desarrollar dentro de su hogar actividades lícitas que no afecten a terceros", si la asimilamos a nuestro caso, tanto en Argentina como en Uruguay la fabricación de celulosa es una actividad lícita. El punto en que no estamos de acuerdo en si existe o no afectaciones.

En ese sentido, tenemos que manejar la posibilidad que una comisión binacional, aún integrada con expertos de terceros países, no llegue a un consenso.

En ese sentido me gustaría saber si al menos vos en lo personal estás dispuesto o no a aceptar las decisiones del organismo judicial supranacional que ambos países designaron para resolver las diferencias en el marco del Tratado del río Uruguay, que es la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Espero tu respuesta.

pablich dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
pablich dijo...

Perdón, suprimí un comentario propio. Si Gualeguaychú no se hubiera levantado, no estaríamos hablando de esto. La Argentina no impone "estándares más exigentes para industrias extranjeras". No hay aquí una política previamente articulada.

La existencia de las papeleras misioneras contaminantes no deslegitima el reclamo de Gualeguaychú, que puede exigir que se respeten sus derechos independientemente de que a otros se les conculque. No sólo los paraguayos sufren las papeleras argentinas, sino también los misioneros, que son argentinos.

Si Paraguay se levantara contra las papeleras argentinas, tendrían el apoyo de todos los argentinos.

Con respecto a las normas de convivencia que planteaste, no deberías tergiversarlas. Ahora decís que querés ser más "preciso" con el art. 1. En su momento dijiste que "toda persona tiene derecho a desarrollar dentro de su hogar actividades lícitas que no afecten a terceros". Ahora decís, precisando, que "los impactos de Botnia no deben exceder los admisibles por la normativa más exigente para instalaciones similares operando en el mundo”.

Me pregunto por qué Gualeguaychú debería aceptar resultar afectado.

Eso es moral.

Por fin, sobre La Haya, preferiría encontrar una solución que evite que se expida. No me merece ninguna confianza. ¿Decís que una comisión binacional de expertos puede no llegar a un consenso? Bueno, yo diría que eso es imposible. Hablamos de cuestiones técnicas.

Anónimo dijo...

Dice Pablo
Con respecto a las normas de convivencia que planteaste, no deberías tergiversarlas. Ahora decís que querés ser más "preciso" con el art. 1. En su momento dijiste que "toda persona tiene derecho a desarrollar dentro de su hogar actividades lícitas que no afecten a terceros". Ahora decís, precisando, que "los impactos de Botnia no deben exceder los admisibles por la normativa más exigente para instalaciones similares operando en el mundo”.


Pablo, creo que muchas veces la base de los malentendidos son las ambigüedades.

"toda persona tiene derecho a desarrollar dentro de su hogar actividades lícitas que no afecten a terceros"

El punto ambiguo, o impreciso, es la definición de las afectaciones.

Y de la misma manera que vos lo hicistes, daré un ejemplo absurdo.

Se anuncia la instalación de una carnicería.

1) El vecino de la derecha en forma preventiva se dirige a la municipalidad pidiéndole que no se instale, porque será afectado por esta instalación debido a que las sierras de los carniceros son ruidosas, los olores desagradables, y la descarga de las medias reses interrumpe el tránsito y ensucia la vereda. La municipalidad le responde que sus planteos son de recibo, y que de acuerdo a la normativa municipal el nivel de ruido en carnicerías medido desde el exterior deberá ser menor que tantos decibeles lo que asegura que el sueño no será alterado, que el nivel de olores no será perceptible a 3 metros de distancia de la puerta, y que se le exigirá a la carnicería que la descarga se haga en horas de la noche y con una entrada especial para la descarga que no moleste a los vecinos. Asegura que esas condiciones son requisito para su funcionamiento y que la municipalidad podrá multar y hasta clausurar la carnicería si detecta incumplimientos.

2) El vecino de la izquierda va a reclamar, y dice que además de las preocupaciones del vecino de la derecha, será afectado porque es vegetariano ortodoxo, de la misma manera que sus familiares y muchas de sus amistades, y que le resulta intolerable saber que junto a su casa se depositan restos de cadáveres de animales salvajemente trozados, cuyas emanaciones afectarán su salud y la de su familia, los cuales además de ser utilizados como alimento humano provocan terribles enfermedades, y que además constituyen una ofensa inaceptable para sus convicciones, y que sus amistades dejarán de visitarlo porque les resultará igualmente insoportable estar junto a ese antro de salvajismo. La municipalidad le señala que no hay normativa que prevenga tal situación, ya que la venta y consumo de carne es una actividad lícita en tanto se cumplan las condiciones reglamentarias y de higiene, así como el control sanitario de los animales faenados. Se le sugiere que a lo sumo se podrían encarar conversaciones con el titular de la carnicería, para que disimule la visibilidad de los cortes de carne desde el exterior, y que la cartelería contemple en la medida de lo posible la sensibilidad de los vegetarianos ortodoxos. De todas maneras, estas acciones serían voluntarias y sólo como un gesto de buena vecindad del carnicero.

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Ambos vecinos se sienten igualmente afectados. ¿Deben ser contemplados ambos igualmente prohibiendo la instalación de la carnicería?

Me parece que los planteos del primero deben ser contemplado, porque corresponden a requerimientos de una normativa preexistente y generalmente aceptada.

Lo segundo, me parece que no tiene derecho a la reclamación, ya que realiza un planteo inverificable y ajeno a cualquier normative no sólo vigente en esa municipalidad, sino que en ninguna conocida en el exterior,.

pablich dijo...

Pedro, el ejemplo está bien (valoro el trabajo que te has tomado). Pero habría que tener en cuenta que la el órgano político-administrativo que en el ejemplo es "la municipalidad" tiene competencia para dirimir el conflicto, puesto que los dos ciudadanos (me refiero al carnicero y al vecino de la derecha) están bajo la misma jurisdicción.

En el caso de la papeleras, no existe ese órgano administrativo con imperio sobre ambos ciudadanos: la República del Uruguay no es "la municipalidad" del ejemplo, sino la Cámara de Carnicerías Unidas.

Anónimo dijo...

Cuando escribía mi metáfora, a mi juicio quien más se aproxima a la "municipalidad" sería la Corte de La Haya.

La CIJ es un organismo que con anterioridad al diferendo, los dos países acordaron, al firmar el Estatuto del río Uruguay, que fuera quien laudara las diferencias que no pudieran resolverse mediante negociaciones entre las partes.

Por eso, creo que podemos estar de acuerdo que ante la diferencia concreta, que podría resumirse en "la diferencia en la valoración de las eventuales afectaciones de la planta de celulosa de Botnia" (ya que Ence parece que no tiene resistencia ni de ambientalistas ni del gobierno argentinos), un curso de acción podría ser:

1) Una nueva negociación a través de una comisión binacional a la que se agregarían expertos de terceros países designados de común acuerdo, quienes en caso de desacuerdo tendrían la última palabra.

2) Remitirse al fallo de La Haya, que incluso simpre puede quedar como una alternativa si aparecen dificultades en la opción 1.

A todo esto debería agregarse un compromiso explícito de todas las partes involucradas en el conflicto,gubernamentales y no gubernamentales, de aceptar intergalmente todas las decisiones, y la renuncia a cualquier medida de hecho que distorsione la implementación de los acuerdos que se alcancen o las decisiones de la CIJ

Anónimo dijo...

La clave de este tema es la poca verosimilitud del reclamo de Gualeguaychu acerca de que una pastera moderna supone un inevitable nivel de contaminación que generaría inconvenientes a los vecinos.
La industria pastera esta instalada en un 70% en países del Primer Mundo, con altos standares medioambientales. Maliciosamente se dice qu se esta "mudando" al tercer mundo, cuando en realidad se esta ampliando en el tercer mundo, al estar saturados en el primero la posibilidad de ampliar aún más las plantaciones.
Supongo que habrá que espera que Botnia funcione 2 años sin inconvenientes ambientales, para que todo este disparate se desarme, y podamos entrar como país en el auge de esta industria.
recomeindo a los entrerianos investigar sobre esta actividad en los dos países más fuertes en indstria de pulpa de celulosa, qye son EEUU y Canadá.

Anónimo dijo...

No esperés recionalidad de algunos personajetes de Gualeguaychú que pasaron a integrar el elenco estable de los periodísticos radiales de las mañanitas porteñas.

Toda muerte, enfermedad, epizootia o catástrofe natural que ocurra en Gualeguaychú o sus aledaños a partir del arranque de Botnia será atribuida a los efectos de esta.

De todas maneras, cuando vean que los peces no se mueren, que el pasto sigue creciendo, que el agua de lluvia se puede seguir tomando,los chicos les preguntarán a los grandes porqué esas catástrofes cuyo pronóstico era parte del currículo escolar no tuvieron lugar.

pablich dijo...

Pedro, creo que tu idea podría funcionar, siempre y cuando se interprete "no afectación" como "no contaminación". Los derechos de la República del Uruguay terminan donde comienzan los del pueblo de Gualeguaychú.

¿Qué significa contaminación? Las alteraciones que tienen efectos perjudiciales sobre la salud de los seres vivos.

La Corte de la Haya no puede funcionar en tu metáfora como "la municipalidad". Esta obraba en tu ejemplo preventivamente, evitando el conflicto. Esta instancia jamás existió.

Feliz año.

pablich dijo...

Walter (o Pedro o Venezolano), ¿qué significa que "toda muerte, enfermedad, epizootia o catástrofe natural que ocurra en Gualeguaychú o sus aledaños a partir del arranque de Botnia será atribuida a los efectos de esta".

¿Significa que, del lado de Uruguay, cualquier responsabilidad de Botnia será negada?

Anónimo dijo...

Me parece que podemos coincidir en tu definición de contaminación:

"Las alteraciones que tienen efectos perjudiciales sobre la salud de los seres vivos."

Para cada parámetro del agua y del aire, están estudiados y definidos por ejemplo en el Digesto del río Uruguay para el agua que es una normativa común, o en normativas internacionales para el aire, los valores a partir de los cuales la salud de los ecosistemas se afecta.

Uruguay ya los está controlando para saber el estado actual del aire y del agua, pero si Argentina quiere un reaseguro podría chequear con sus propios laboratorios, -y de paso controlar sus propias emisiones que controla muy poco-, y eventualmente laboratorios de terceros países o de organismos internacionales.

De paso, ese control debería hacerse también en todas las fábricas de Gualeguaychú, ya que no es posible que Argentina le exija a Uruguay las normas ambientales de el primer mundo y en territorio argentino, -incluyendo las plantas industriales y actividades agropecuarias con impacto transfronterizo hacia Uruguay- aplique las normas del cuarto mundo.

Respecto a La Haya, es el organismo que con anterioridad a este conflicto ambas partes designaron cuando acordaron el tratado del río Uruguay para que interviniera en caso de existir diferencias.

Además, el estatuto del río Uruguay establece que la intervención de La Haya es a pedido de las partes, no interviene de oficio.

Quizás pueda coincidir que el pedido de intervención de La Haya debería haber sido pedido mucho antes y por los dos países de común acuerdo.

Anónimo dijo...

http://www.clarin.com/diario/2007/01/03/um/m-01338146.htm

Salvo que Clarín haya deformado las palabras del Sr. Veronesi queda claro que los piqueteros de Gualeguaychú no se sienten obligados por el fallo de La Haya, el cual en su momento exigieron al gobierno argentino.

¿De qué diálogo se puede hablar con quienes rechazan las formas más básicas de la convivencia como lo es el respeto a la justicia?

Más vale que seamos honestos. Desde la asamblea de Gualeguaychú sólo se apela a la fuerza, porque la razón y el derecho le son ajenos.

¿Se acuerdan cuando hablaban del "derecho supranacional" siguiendo la letra de los Dres. Vega y Picolotti?

Por algo todos los abogados que estaban en la asamblea se abrieron.

Y para que lo vayan sabiendo, los uruguayos vivimos 150 años sin puentes hacia la Argentina, y no nos fue para nada mal.

pablich dijo...

Bueno, mirá Pedro, gracias por participar. No me tomo el trabajo que me tomo para recrimar nada a nadie. Lejos de hacerlo, como lo he dejado de manifiesto en esta discusión. No hay que ser experto mediador, ni sabio, ni viejo, ni bueno, ni budista para darse cuenta de que es imposible llegar a ningún acuerdo en tales condiciones. De modo que ya no acepto tus recriminaciones. Me cansé. Seguí con tu razones dando vueltas por la blogósfera. Suerte. Chau.